Contrato de Formación en Alternancia

¿Qué es el Contrato de formación en Alternancia?

La reciente reforma laboral publicada en el BOE día 27/11/2025 del Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

 

Es el contrato laboral que más ventajas aporta a la empresa y la mejor alternativa al contrato temporal.

Podrás contratar de 3 meses a 2 años y tener coste 0 € en los seguros sociales durante toda su vigencia.

Entre los aspectos más relevantes de la norma destacan:
Duración: entre 3 meses y 2 años, con suspensión en casos de incapacidad temporal, nacimiento, adopción, riesgo durante embarazo o lactancia, y violencia de género o sexual.
• Jornada: limitada para garantizar la compatibilidad con la formación; no podrá superar el 65% de la jornada el primer año ni el 85% el segundo, sin posibilidad de horas extra, trabajo nocturno o a turnos.
Retribución: nunca inferior al SMI, proporcional al tiempo de trabajo efectivo según convenio.
Límites por centro de trabajo: desde 3 contratos en empresas de hasta 10 trabajadores, hasta el 20% de la plantilla en empresas de más de 50.
• Requisitos adicionales: plan formativo individual, convenio de colaboración, y asignación de tutor (máximo 5 personas por tutor, o 3 en centros pequeños).
Restricciones: no se podrán celebrar dos contratos formativos para la misma persona en el mismo nivel y sector; en el Sistema Nacional de Empleo, la edad máxima será de 30 años.

OCUPACIONES

  • Administración y Gestión

    Ocupaciones familia Profesional: Administración y gestión.

  • ARTES GRÁFICAS

    Ocupaciones familia Profesional: Artes gráficas

  • EDIFICACIÓN Y OBRAS CIVILES

    Ocupaciones familia Profesional: Edificación y obras civiles

  • FABRICACIÓN MECÁNICA Y MANTENIMIENTO

    Ocupaciones familia Profesional: FABRICACIÓN MECÁNICA Y MANTENIMIENTO

  • IMAGEN PERSONAL

    Ocupaciones familia Profesional: IMAGEN PERSONAL

  • INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES

    Ocupaciones familia Profesional: INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES

  • MADERA, MUEBLE Y CORCHO

    Ocupaciones familia Profesional: Madera Mueble y Corcho.

  • TEXTIL CONFECCIÓN Y PIEL

    Ocupaciones familia Profesional: TEXTIL CONFECCIÓN Y PIEL

  • SERVICIOS A LA COMUNIDAD

    Ocupaciones familia Profesional: SERVICIOS A LA COMUNIDAD

  • AGRARIA Y JARDINERIA

    Ocupaciones familia Profesional: Agraria y Jardinería

  • COMERCIO Y MARKETING

    Ocupaciones familia Profesional: Comercio y Marketing

  • ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

    Ocupaciones familia Profesional: ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

  • HOSTELERÍA Y TURISMO

    Ocupaciones familia Profesional: Hostelería y turismo.

  • INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

    Ocupaciones familia Profesional: INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

  • IMAGEN Y SONIDO

    Ocupaciones familia Profesional: IMAGEN Y SONIDO

  • INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

    Ocupaciones familia Profesional: INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

  • TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS

    Ocupaciones familia Profesional: TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS

Características del contrato de formación en alternancia:

 

¿A quién va dirigido?: Dirigido a personas de entre 16 y 30 años.

Salario: No inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Modalidad formativa: contrato vinculado a una formación teórica en modalidad teleformación 

Duración y jornada laboral: Mínimo de 3  meses  y prorrogable hasta un máximo de 2 años.

Duración y jornada laboral: Mínimo de 3 meses y máximo de 2 años.

 

 

HORARIO LABORALHORARIO FORMATIVO
1ª AÑO65%35%
2ª AÑO85%15%

Bonificación de las cuotas de la Seguridad Social.

Formación gratuita bonificada.

Bonificación de los gastos de tutorización:

De 80€/mes para empresas de < 5 trabajadores;

De 60€/mes para empresas de > 5 trabajadores;

Reducción por transformación: al finalizar los 2 años de formación, la empresa tendrá derecho a importantes reducciones en la Seguridad Social por conversión a indefinido.

Aplicable a trabajadores por cuenta propia: el autónomo también puede contratar a su hijo, y beneficiarse de las bonificaciones y reducciones de este contrato.

Inserción laboral: sistema educativo que combina los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación, al mismo tiempo que percibe un salario.

Tipo de Formación online.

Certificados de Profesionalidad. Exámenes presenciales

Acciones formativas. Sin exámenes presenciales

Contratación de hasta 2 años para jóvenes sin exigir experiencia laboral o titulación,

Derecho a prestación por desempleo tras el contrato de formación.

REQUISITOS

REQUISITOS  DEL TRABAJADOR

 

    • No tener cualificación relacionada con el puesto a desempeñar.
    • Edad del trabajador comprendida desde los 16 hasta los 30 años.
    • No hay límite de edad para contrataciones de personas con discapacidad, colectivos de excluisón social en empresas de inserción y alumnos de escuelas-taller.
    • Estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo.

REQUISITOS DE LA EMPRESA

 

    • Encontrarse al corriente en seguridad social y con la agencia tributaria.
    • El trabajador en formación no puede hacer horas extras ni puede trabajar en horario nocturno.
    • No podrá establecerse periodo de prueba en estos contratos.
gestion administrativa

LIMITE DE CONTRATOS POR CENTRO DE TRABAJO:

Límites por centro de trabajo: desde 3 contratos en empresas de hasta 10 trabajadores, hasta el 20% de la plantilla en empresas de más de 50.

TRABAJADORES EN EL CENTRO DE TRABAJOLÍMITE DE CONTRATOS
HASTA 10 TRABAJADORES3
DE 11 A 30 TRABAJADORES7
DE 31 A 50 TRABAJADORES10
MÁS DE 50 TRABAJADORESEl 20% de la plantilla

LIMITE DE CONTRATOS POR TUTOR DE LA EMPRESA:

Requisitos adicionales: plan formativo individual, convenio de colaboración, y asignación de tutor (máximo 5 personas por tutor, o 3 en centros pequeños).

TUTOR DE LA EMPREALÍMITE DE CONTRATOS POR TUTOR
CENTRO DE TRABAJO CON MENOS DE 30 PERSONAS3
CENTRO DE TRABAJO CON MÁS DE 30 TRABAJADORES5

SALARIO

Según convenio colectivo y nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), pero sólo en función del tiempo de trabajo efectivo.

100% DE LA JORNADA65% DE LA JORNADA85% DE LA JORNADA
40 h. semanales 1184 €26 h. semanales 769,6 €34 h. semanales 1006,4 €
Salario Minimo Interprofesional en 2025Tiempo estimado para el primer año.Tiempo estimado para el segundo año.

COTIZACIÓN Y BONIFICACIONES

Cotización por la base mínima y bonificación de las cuotas de la Seguridad Social 2025.

CONCEPTOEMPRESATRABAJADORTOTAL
Contingencias Comunes55,97 €11,16 €67,13 €
Contingencias Profesionales7,71 € (3,99 IT + 3,72 IMS)-7,71 €
Fondo de Garantía Salarial4,25 €-4,25 €
Desempleo75,97 €21,41 €97,38 €
Formación Profesional2,09 €0,27 €2,36 €
MEI9,25 €1,80 €11,05 €
TOTAL MENSUAL155,24 €34,64 €189,88 €
Bonificaciones RDL 1/2023-91,00 €-28,00 €-119,00 €
TOTAL CUOTA64,24 €6,64 €70, 88 €

También tendremos la bonificación de tutorización de 60 a 80 euros, dependiendo del número de trabajadores de la empresa:

  • Empresas de menos de 5 trabajadores 80 €
  • Empresas de más de 5 trabajadores 60 €

Después de aplicar esta reducción o bonificación, el coste final en los seguros sociales de la empresa es de euros.

 

Las cuantías de MEI no pueden bonificarse, sin embargo sí podrás bonificar el resto de conceptos, los 11,05 € de MEI sí deberán abonarse.

 

*Importante: La norma establece que los contratos que se hayan celebrado antes de esa fecha (1 de septiembre de 2023) mantendrán las reducciones anteriores.

PASOS A SEGUIR PARA REALIZACIÓN DEL CONTRATO:

Cumplimentar Recogida de datos  con todos los datos relevantes y necesarios para el iniciar el contrato de formación y alternancia.

Copia del DNI del trabajador.

Titulación del trabajador.

Alta del Contrato.

Firma del Anexo I acuerdo para la actividad formativa.

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